MADRID.- El Gobierno quiere endurecer la tarifa plana que pagan los autónomos a
la Seguridad Social cuando comienzan su actividad para garantizar que
éstos no abandonan el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
una vez dejan de beneficiarse de esta cuota reducida.
La tarifa plana actual para el primer año en la actividad de un autónomo es de 50 euros mensuales. El Gobierno ha propuesto a las organizaciones de autónomos elevarla a 75 euros mensuales
para los trabajadores autónomos (no societarios) y condicionarla a que
éstos se mantengan de alta en el sistema una vez finalizado el periodo
de bonificación.
El motivo, según la Seguridad Social, es que sólo el 30% de las personas que se benefician de la tarifa plana se mantienen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
(RETA) después de su finalización. “El resto deja de cotizar, marcha al
extranjero o se ocupa como asalariado”, según argumenta el Ministerio
de Trabajo en el documento base para reconfigurar el RETA que ha
trasladado a las organizaciones de autónomos.
En la propuesta de Trabajo, los periodos dados por cotizados pasarían a ser considerados como media jornada si después de la reducción de cuotas no se está en el RETA al menos un periodo mínimo, aún por determinar.
Trabajo sostiene que el 85% de los autónomos menores de 45 años cotizan por el salario mínimo,
es decir, la base mínima del sistema. Por encima de los 45 años, hay
autónomos que optan voluntariamente por una base mayor, pero la gran
mayoría sigue cotizando por la base mínima, lo que al final tiene su reflejo en unas peores prestaciones que las que reciben los trabajadores del Régimen General.
La subida del salario mínimo interprofesional en un 22,3% contemplada
en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019
implicaría que la base mínima de cotización de los autónomos aumentara también en la misma proporción.
Pero el Gobierno quiere evitar al colectivo un incremento de esta
magnitud. Ahora bien, deja claro que para obtener mejores prestaciones,
los autónomos tienen que cotizar más.
De este modo y para que la subida del SMI no ponga en problemas a los
autónomos, el Ejecutivo plantea varios escenarios para subir las cuotas
de los autónomos en 2019 y deja para 2020 la puesta en marcha de un sistema que adapte las cotizaciones de los autónomos a sus ingresos reales.
Lo que propone Trabajo para 2019 parte de una premisa previa: “una
suscripción obligatoria de todas las contingencias protegería mejor al
colectivo, y permitiría alcanzar tipos de equilibrio mucho más
reducidos”.
Los autónomos cotizan actualmente por contingencias comunes e incapacidad temporal, con un tipo de cotización conjunto del 29,8%, y con una base mínima de 932,7 euros mensuales. Es voluntario cotizar por cese de actividad (el paro) y por contingencias profesionales (algunos sí están obligados, pero no todos).
En la propuesta de Trabajo, los autónomos tendrían que cotizar por estas tres contingencias de manera obligatoria y por otra más, la de formación, y plantea para ello tres escenarios distintos a valorar por las organizaciones de autónomos.
Tres escenarios para 2019
El primer escenario supondría elevar la base mínima de cotización para 2019 un 1,25%, hasta los 940 euros mensuales, e incrementar el tipo al 33,7%. El segundo escenario propuesto por el Ministerio supondría que, en lugar del 1,25%, la base subiera un 6,25%, hasta los 990 euros mensuales, con un tipo de cotización del 31,8%. Por último, el tercer escenario implicaría que la subida de la base fuera del 12,25%, hasta los 1.050 euros mensuales, quedándose el tipo de cotización en el 31,2%.
En función del escenario que se acuerde para 2019, se adaptarían
también las bases mínimas de los autónomos societarios y con más de diez
empleados a su cargo.
Se decida el escenario que se decida, la idea es que esté vigente en
2019 para que ya en 2020 se ponga en marcha un sistema en el que los
autónomos coticen por sus ingresos reales. A tal fin, el Gobierno
plantea la creación de una mesa conjunta entre Trabajo, Hacienda y las
organizaciones de autónomos para fijar cinco tramos de cotización en
función de ingresos reales, partiendo de una liquidación mínima inicial
que pudiera rectificarse o consolidarse al final del ejercicio.
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