BARCELONA.- Un grupo de expertos en derechos humanos, en el que hay un expresidente y una exvicepresidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,
han elaborado un informe para investigar si ha habido violación de
derechos humanos en el caso catalán. Las conclusiones son claras: los
expertos expresan "preocupación" por el cumplimiento de las
disposiciones europeas e internacionales sobre los derechos humanos en
España. Especialmente, con respecto a la libertad de expresión y asociación.
Aunque el informe se basa en los hechos ocurridos antes del 1 de octubre,
y no después, cuando empezó la parte más dura del conflicto con el
Estado con una fuerte represión tanto policial como judicial -incluso
con encarcelamientos-, el informe sí que hace una mención especial a la
actuación de los cuerpos de seguridad durante la jornada del referéndum.
Según los expertos, la policía española posiblemente infringió los
artículos 3 y 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos (ECHR, por sus siglas en inglés).
Concretamente, el artículo 3 de esta convención
se refiere a que "nadie podrá ser sometido a tortura ni apenas o
tratamientos infrahumanos o denigrantes", mientras que el artículo 8,
habla del derecho al respecto a la vida privada y familiar y defiende
que la autoridad pública no puede ingerir en el ejercicio de este
derecho.
Los firmantes del documento, encargado por Esquerra, son Jean-Paul
Costa, que fue expresidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de
2007 a 2011, Françoise Tulkens, exvicepresidenta del mismo tribunal de
2011 a 2012, además de un secretario del TEDH, Wolfgang Kaleck, y una
experta en derechos humanos del Reino Unido Jessica Simor.
Toque de atención al Constitucional
En el informe, los expertos hacen un toque de atención al Tribunal Constitucional
y cuestionan la "necesidad" o "proporcionalidad" de las medidas que ha
adoptado en relación al proceso. Además, consideran que hay base para
cuestionarse si "las medidas adoptadas por el TC se basaban en leyes lo
suficiente claras y precisas".
Aunque dejan claro que el estado español tiene derecho a responder
dentro de la propia Constitución, el documento repasa todas las
resoluciones del TC desde la consulta del 9-N, y pone en duda si las
sanciones son "legítimas, necesarias y proporcionadas" en el contexto de
la libertad de expresión y asamblea. Lo hace, especialmente, tanto en
el caso de los miembros de la Mesa del Parlament, como en el de los
políticos condenados por la consulta del 9-N.
La libertad de expresión del Parlament
En este punto, el informe critica que las resoluciones del Constitucional contra la Mesa restringen la libertad de expresión y asociación,
garantizada por los artículos 10 y 11 de la Convención Europea de
Derechos Humanos (CEDH) y los 19 y 21 del Pacto Internacional sobre
derechos civiles y políticos (PIDCPI). "Estas restricciones plantean
serias cuestiones relativas al cumplimiento por parte de España de los
derechos fundamentales a la libertad de expresión y libertad de
asociación", defiende el texto.
"El Gobierno español y el Tribunal Constitucional interfirieron en el
derecho de los elegidos para representar a sus electores en Catalunya, y
el de los electores, que tenían derecho a la expresión libre de su
voluntad dentro del Parlament", puntualiza el informe, denunciando que
en varias ocasiones se ha prohibido debatir la cuestión de la
independencia en el Parlament o votar alguna moción o resolución al
respecto.
Sentencia del 9-N
El informe también reflexiona sobre la sentencia condenatoria contra
el expresidente Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y los
exconsellers Irene Rigau y Francesc Homs por la consulta del 9-N.
A pesar de mostrarse prudente en el análisis, los cuatro firmantes
aseguran que consideran que "no hay bastante claridad con respecto a la
naturaleza y la existencia del delito pertinente".
En este punto también pone en duda que se estén cumpliendo los
derechos de expresión y asamblea, que "estos cargos necesariamente
implicaban" -por su papel de representados-, y también respeto "a la
retrospectividad de cargos criminales, prohibidos por el artículo 7 del
CEDH". "Nos preguntamos si estas sanciones pueden ser legítimas,
necesarias y proporcionadas dentro del contexto del derecho a la
libertad de expresión y asamblea", reprocha el mencionado informe.
Así pues, el informe concluye que "se plantean numerosas cuestiones
de gran preocupación respeto al cumplimiento por parte de España de
disposiciones europeas e internacionales sobre los derechos humanos" y
recuerda que "el respeto de los derechos fundamentales es una parte
esencial del imperio de la ley en una sociedad democrática".
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