MADRID.- El Tribunal Supremo revisará si continúa aplicando su criterio, conocido el jueves, de avalar el pago por parte de la banca del impuesto de actos jurídicos documentados vinculados a una hipoteca, por lo que ha acordado paralizar con carácter urgente todos los recursos planteados al respecto.
En
una nota informativa del presidente de la sala tercera del alto
tribunal, Luis María Díez-Picazo, (en la imagen), dicha decisión se ha adoptado teniendo
en cuenta el "giro radical" en la jurisprudencia y en la "enorme repercusión económica y social" de un fallo que achacaba este gravamen a las entidades por ser las interesadas en la operación.
Según
han informado fuentes jurídicas, la paralización no implica la
suspensión de la reciente doctrina, que continuará siendo la vigente
hasta que el pleno, compuesto por 31 jueces, se reúna.
De dicho encuentro, previsto para los próximos días, dependerá la futura resolución del resto de recursos de casación.
En su reciente sentencia, los magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo acordaban atribuir el pago del gravamen a los bancos y no al cliente, ya que son los interesados en disponer de la acción ejecutiva y privilegiada que deriva de la hipoteca.
De este modo modificaba su jurisprudencia anterior, según la cual era el usuario o consumidor quien debía hacer frente a este impuesto, que para una hipoteca media de 150.000 euros conllevaría un importe próximo a 1.500 euros.
Sin embargo, el cambio no dispuso de la unanimidad de la sala al contar con el voto particular del magistrado Dimitry Berberoff.
Si
bien aún se desconoce si la sentencia se aplica con carácter totalmente
retroactivo desde la entrada en vigor del real decreto que implantaba
los actos jurídicos documentados, en 1995, las nuevas reglas
hipotecarias podrían suponer un gran impacto para los bancos,
que sólo entre julio de 2014 y el mismo mes de este año participaron en
cerca de 1,5 millones de préstamos hipotecarios para la compra de todo
tipo de fincas.
El importe de estas operaciones rondó los 190.000 millones de euros,
de manera que dado que el gravamen supone entre el 0,5 % y el 1,5 % del
total concedido, las entidades financieras podrían tener que
desembolsar alrededor de 1.900 millones de euros.
Aunque el impuesto también se aplica a las viviendas adquiridas por compraventa, la sentencia del Tribunal Supremo únicamente hace alusión a los actos jurídicos documentados vinculados a créditos hipotecarios.
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