viernes, 19 de octubre de 2018

El CGPJ archiva una solicitud del abogado Mazón sobre los jueces del Supremo señalados por la ministra de Justicia


MADRID.- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a través de su Promotor de la Acción DisciplinariaRicardo Conde Díez, ha archivado una solicitud de investigación del pasado 27 de septiembre presentada por el abogado oriolano ahora afincado en Madrid, José Luis Mazón Costa, sobre los jueces del Tribunal Supremo señalados por la ministra de Justicia, Dolores Delgado, como acompañantes de menores tras un seminario profesional en Cartagena de Indias, Colombia.

En nombre de la asociación 'Preeminencia del Derecho', Mazón solicitaba una investigacion "seria e imparcial sobre lo sucedido en los hechos, que son públicos y notorios, comunicados por Dolores Delgado y que dice que presenció con una magistrada de la Audiencia Nacional, según los cuales magistrados del poder judicial tomaron copas con menores de edad en Colombia en un bar del cual salieron avergonzados al entrar la Sra. Delgado y su compañera la anónima magistrada de la Audiencia Nacional.
Se trata de una conducta que, aunque sea privada es incompatible con los deberes de juez (conducta digna) y que debe de ser esclarecida y una vez esclarecida tomar la resolucion pertinente. El hecho de que los hechos puedan estar prescritos no es óbice a su investigacion, solo a su sanción'.
Y es una desverguenza supina que estas cosas salgan a la luz pública y que no sean investigadas, como aquel otro caso promovido ante esta misma instancia, que se negó a investigar, sobre aceptacion de invitaciones a gastos pagados de magistrados de la Sala Penal de la Audiencia Nacional a viajes de vacaciones con pareja incluida a los EEUU sufragados por el departamento de Estado de dicho pais, magistrados que luego del agasajo examinan los pleitos - extradiciones y otros- afectantes al Estado “benefactor” y claro como no, “siempre gana” pues el que obsequia es favorecido.
Todo esto al menos servirá para acelerar el proceso de desintegracion en el que se halla incurso el conjunto del Poder Judicial del Estado, cada vez más endiosado y más odioso".
Según la respuesta del CGPJ en base al informe del Promotor de la Acción Disciplinaria, "la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial no exige que se abra siempre una investigación tras la presentación de una denuncia o queja; puede, por el contrario, archivarla de plano en aquellos casos en que, por la naturaleza de los hechos relatados o por los términos en que está formulada, se evidencie la inexistencia de indicios de responsabilidad disciplinaria o no obre ningún asomo de certeza de cuanto se exponga por no tener apoyo en un elemento acreditativo mínimamente verosímil.
Sobre esta base, la inexistencia de indicios de responsabilidad disciplinaria resulta evidente en el presente caso". 
De conformidad con el artículo 608.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2013, contra este Acuerdo cabe interponer recurso de alzada ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, ello en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación.

JJpD ve "intolerable" que el Supremo revise su propia sentencia sobre hipotecas

La Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) calificó este viernes de "intolerable" que el Pleno del Tribunal Supremo vaya a revisar la sentencia de la Sala Tercera que establece que son los bancos los que deben pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) que se aplica sobre la firma de una hipoteca, impuesto que hasta ahora pagaban los dueños del bien hipotecado.
Tras la decisión del presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez-Picazo Giménez, de convocar el Pleno "a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado" la reacción de la asociación progresista de jueces y magistrados llegaba a primera hora de la tarde vía tuit: Es intolerable que una sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo velando por los intereses de la ciudadanía se vaya a revisar por los intereses de la banca".
La portavoz de esta asociación y especialista en contencioso-administrativo, Esther Castanedo, dejaba patente el malestar que existe en la judicatura por una decisión "sin precedentes" de revisar una sentencia firme.
"La sentencia la ha emitido la sección especializada en esa materia que es la de tributario, y es una sentencia muy sólida cuyo ponente es Jesús Cudero, que es asociado nuestro", explicaba Castanedo. 
El tribunal que dictó sentencia estaba formado por seis magistrados, de los que uno emitió un voto particular discrepante y otro un voto concurrente.
"Es una sentencia buenísima y que era necesaria hace mucho tiempo, no entendemos por qué una sección especializada tiene que ser revisada por un Pleno donde hay magistrados especializados en otras materias de contencioso pero no en tributario, que es una materia muy técnica muy difícil", añadió la portavoz de JJpD.
"Los intereses por los que debe velar el Tribunal Supremo son los de los ciudadanos, esto da una imagen malísima de la Justicia".
Según Castanedo, una hipotética revisión del fallo podría ser inválida, ya que anula un artículo de un reglamento y, al ser la sentencia firme, no es posible aprobar de nuevo el artículo porque eso corresponde al legislativo.

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