BARCELONA.- La Audiencia de Barcelona ha ordenado interrogar como investigados a tres guardias civiles acusados de un delito de detención ilegal por
haber retenido, esposado, a un joven de Fonollosa (Barcelona) que se
resistía a los agentes que fueron a impedir el referéndum el 1-O en la
población.
En un auto, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona
revoca la decisión del juzgado de instrucción de Manresa que
denegó las declaraciones y le ordena interrogar a los tres guardias civiles como investigados por un delito de detención ilegal.
La
investigación deriva de la denuncia presentada por el joven, que relató
haber sido esposado y apartado a un lado, mientras los guardias civiles
intervenían para impedir la votación en la sede del Ayuntamiento, y posteriormente liberado "sin haber sido informado de los motivos de una posible detención", sostiene el auto.
Según mantiene la Audiencia de Barcelona, que ha visionado los vídeos aportados por el denunciante sobre lo sucedido, el joven se "abalanzó" sobre un grupo de agentes
que estaban reduciendo a otra persona, lo que en opinión del tribunal
"podría llegar a justificar, inicialmente, una detención".
Sin
embargo, el tribunal precisa que se desconoce si el hecho de que el
joven fuera apartado a un lateral de la plaza y custodiado por los
agentes "fue consecuencia de la presunta perpetración de un delito o en
todo caso de una mera retención cuya justificación pudiera resultar
cuestionable", especialmente teniendo en cuenta "el lapso temporal en
que permaneció en dicha situación".
Para la sala, ante esas circunstancias resulta "idónea" la declaración de los agentes, "quienes podrán ofrecer la información adicional que se necesita para el esclarecimiento de los hechos".
La
Audiencia, por el contrario, ha rechazado el resto de diligencias que
proponían los denunciantes para que se investigara a los agentes que
intervinieron para impedir el 1-O en Fonollosa por los delitos de
lesiones, contra la inviolabilidad domiciliaria y contra los derechos de
las personas, entre otros.
El motivo es que la sala descarta que la actuación de la Guardia Civil en ese municipio fuera "desproporcionada" o
"dirigida a menoscabar, intencionadamente, la integridad física de los
denunciantes", puesto que los agentes no usaron su defensa en momento
alguno y se limitaron a "retirar a las personas que impedían el acceso
al Ayuntamiento".
Según el
tribunal, la mayoría de personas concentradas "fueron apartadas, sin
mostrar especial resistencia", y algunas de las que mostraron mayor
oposición "debieron ser arrastradas de pies y manos", en una
intervención que, añade el auto, se saldó con lesiones leves en tres de
los congregados.
Para la Audiencia, ninguna de las imágenes de las grabaciones sobre la intervención policial "refleja un exceso policial, susceptible de imputación",
dado que la mayoría de guardias civiles que intervinieron se limitaron a
formar cordones policiales para impedir el acceso a las urnas.
El
tribunal descarta asimismo que los hechos sean investigados por un
delito contra la inviolabilidad domiciliaria, porque existía una
"resolución judicial habilitante", el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que
ordenaba a los agentes de la autoridad "intervenir todo el material
relacionado con el referéndum no autorizado y que era objeto de
investigación penal".
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