MADRID.- El abogado que presentó el recurso
que ha llevado a la modificación de la ley sobre el impuesto de las
hipotecas, Ramón Casero, ha defendido hoy que sí hay lugar para reclamar
al Estado indemnizaciones por responsabilidad patrimonial a los
titulares de hipotecas.
"Si el Reglamento (del
impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos
documentados de 1995) ha sido declarado nulo de pleno derecho, esto va a
dar lugar a la retroactividad famosa", ha defendido hoy el profesor de
Derecho Financiero y Tributario de Icade.
En su opinión, una vez que el reglamento fue declarado
nulo por la sala segunda del Supremo "automáticamente supone que existe
recorrido para iniciar un procedimiento de indemnización por daños y
perjuicios por responsabilidad patrimonial del Estado".
Casero es el abogado de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas
Vaciamadrid, que ha logrado que el Supremo diera inicialmente un vuelco a
la doctrina que mantenía desde hacía 23 años sobre quién ha de pagar el
impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
En
octubre la sala segunda del Supremo emitió una sentencia que establecía
que debían ser los bancos los que pagaran ese impuesto, y no los
suscriptores de hipotecas.
Sin embargo, a primeros
de noviembre la sección tercera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo rectificó y consideró que debía seguir
recayendo sobre los clientes.
En cualquier caso, al
día siguiente el Consejo de Ministros aprobó un real decreto ley para
que finalmente sean los bancos los que asuman a partir de hoy el pago de
ese impuesto.
Aunque el letrado ve posible reclamar
indemnizaciones al Estado por mala regulación para los clientes que han
pagado este impuesto, reconoce que los recursos podrían ser
desestimados si se aplica la última doctrina expresada por el Supremo,
que considera que el cliente es el sujeto pasivo del impuesto.
"Habrá que leer primero la sentencia del 6 de noviembre (que aún no se
ha hecho pública), pero el daño ya está hecho. Desde el momento en que
declaró nulo el reglamento, se dio lugar a indemnizaciones por daños y
perjuicios", ha defendido durante su intervención en la mesa redonda.
Casero, que cuenta con tres sentencias a favor de sus argumentos y
otras tres en contra, considera que hay que seguir intentando "por vías
extraordinarias" y pese al "estrecho recorrido judicial" aún disponible,
que estas últimas sean corregidas.
Al respecto,
considera que ha sido cuestión de "suerte" que la sala segunda le diera
la razón y argumenta que en parte se debe a que la mayoría de los
magistrados eran nuevos y no se contradecían a sí mismos si modificaban
la doctrina histórica del Supremo, lo que permitió que emitieran una
sentencia a su juicio "correctísima".
Aquella
sentencia es "acertada y nada populista", en su opinión, porque
restablecen correctamente la doctrina sobre quién debe pagar el
impuesto, ya que en España se llevan "23 años con una doctrina cogida
por los pelos que no era correcta".
En su opinión no
hay duda alguna de que los bancos van a trasladar a los clientes el
coste de este impuesto, lo que explica en parte que el Gobierno haya
decidido también determinar que no se pueda deducir del impuesto de
sociedades.
"El Gobierno está intentando que no haya
traslación sancionando o agravando la deducibilidad del impuesto; pero
traslación seguro que va a haber, en mayor o menor medida en función de
las fuerzas del mercado", ha dicho.
Además, ha
recordado que hasta que no se firma ante el notario el banco siempre
puede modificar las condiciones de la hipoteca, siempre que haya
transparencia y negociación entre las partes.
Para
quienes vayan a negociar a partir de ahora una hipoteca considera que
"va a ser difícil" saber si el banco les ha repercutido de alguna manera
ese coste.
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