MADRID.- El pleno de la sala de lo
contencioso administrativo del Tribunal Supremo se reúne mañana para
analizar la doctrina de la reciente sentencia que hacía recaer en las
entidades financieras el pago del impuesto de actos jurídicos
documentados (AJD) de las hipotecas.
En una
controvertida sentencia, el Supremo modificaba su jurisprudencia
anterior e interpretaba el texto refundido de la ley del impuesto sobre
transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, concluyendo
que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la
entidad que presta el dinero.
El "negocio inscribible", aclaraba la sentencia, es la
hipoteca, y el único interesado en la elevación a escritura pública y la
ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo
mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y
privilegiada que deriva la hipoteca.
Sólo un día
después del fallo conocido el pasado 18 de octubre, el presidente de la
sala, Luis Díez Picazo, anunció que dado el "giro radical" en la
jurisprudencia y la "enorme repercusión económica y social" provocados
por la sentencia se convocaba un pleno para aclarar los cabos sueltos.
Fuentes jurídicas han explicado que el pleno, que
no tiene necesariamente que anunciar sus conclusiones mañana, no va a
revocar la sentencia, sino a perfilar cuál es su alcance, si se aplica a
las hipotecas que se firmen a partir de ahora o se retrotrae cuatro
años atrás.
Y es que, dado que el impuesto prescribe a
los cuatro años, podrían reclamar todos aquellos que hayan suscrito un
préstamo hipotecario en ese plazo.
La repercusión
suscitada por la decisión del 18 de octubre, a la que se sumaron otras
dos sentencias pendientes de notificar que también cargaban a la banca
el pago del impuesto, y la prontitud con la que el presidente de la sala
intentó matizar el fallo obligaron al presidente del Tribunal Supremo y
del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, a
disculparse.
En la inauguración de una jornada de
puertas abiertas en la institución, Lesmes pidió perdón "a los
ciudadanos que se hubieran sentido perjudicados" por la "deficiente
gestión" de la sentencia.
La noticia provocó un
desplome de la cotización bursátil de los bancos cotizados, que en
conjunto perdieron ese día más de 5.000 millones de euros; el sector se
apresuró a recordar que jamás ha cobrado cantidad alguna en concepto de
AJD y a reclamar a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica y unas
reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario".
Y eso que las entidades financieras no se esperaban la noticia, ya que
en febrero de este año el propio Tribunal Supremo dictaminó que quien
debía hacer frente a esta tasa era el cliente y no las entidades con las
que se suscribe el préstamo.
Su impacto real para el
sector es difícil de cuantificar, si bien la agencia de medición de
riesgos Moody's cree que lo más probable es que la banca acabe pagando
sólo a partir de ahora, y no con efectos retroactivos.
Si se aplica una retroactividad de cuatro años, explica Moody's, la
factura ascendería a unos 2.300 millones de euros, pero si finalmente la
banca tiene que pagar el citado impuesto en la contratación de las
nuevas hipotecas, pero no de las que ya están en vigor, ello le
supondría al sector un gasto de 640 millones de euros anuales.
Las asociaciones de consumidores, por su parte, valoraron la decisión
de que sea el banco el que se haga cargo del impuesto y criticaron con
dureza después el aparente cambio de postura de os magistrados.
De momento, el alto tribunal ha suspendido sus deliberaciones sobre
distintos recursos presentados sobre el impuesto, a la espera de que
mañana los 31 jueces que integran el pleno decidan si conlleva una total
retroactividad o su efecto se limita a los últimos cuatro ejercicios.
La banca espera con cautela la decisión
La banca espera con cautela la decisión del Tribunal Supremo, que este lunes reúne a los 31 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, para fijar doctrina sobre el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).
La banca espera con cautela la decisión
La banca espera con cautela la decisión del Tribunal Supremo, que este lunes reúne a los 31 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, para fijar doctrina sobre el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).
Los consejeros delegados de los bancos y la patronal
bancaria coinciden en que no se contempla la posiblidad de la
retroactividad, ya que "las entidades actuaron de acuerdo a la ley" y es
"cuestión de seguridad jurídica.
A pesar de ello, algunos juristas opinan que al tratarse
de una sentencia de "nulidad absoluta de pleno derecho" por la
abusividad, su acción no prescribe, tal y como señaló a Europa Press el
director del bufete Arriaga Asociados, Jesús María Ruiz de Arriaga.
Por lo tanto, se plantean diversos escenarios. Por un lado, el alto
Tribunal podría tomar una decisión contradictoria y revocar la
jurisprudencia del 18 de octubre por la que se determinó que no es el
prestatario el sujeto pasivo del impuesto en las escrituras y no
aplicarlo a la doctrina.
Este primer supuesto,daría
la razón a los bancos e impediría cualquier tipo de reclamación ya que
los clientes se seguirían haciendo cargo del AJD, como hasta ahora, con
un coste medio de unos 2.500 euros.
En el lado
contrario, los integrantes de la Sala Contencioso-Adminstrativa podrían
mantener la última sentencia y aplicar la doctrina del Tribunal Supremo
de que sean los bancos y no los clientes quienes se hagan cargo del pago
del AJD en la inscripción de las escrituras.
En este
sentido, se satisfacerían las reclamaciones de la patronal bancaria que
ha argumentado que en el caso de que la nueva sentencia anule la norma
vigente hasta la fecha, se respete la seguridad jurídica y no se aplique
retroactividad.
En caso de que no hubiera
retroactividad, los bancos deberían hacerse cargo del AJD a partir de la
fecha de la sentencia, por lo que aquellos que formalizaran sus
escrituras antes del 18 de octubre de 2018 no podrían reclamar la
devolución.
Sin embargo, se baraja la opción de que
el Supremo apueste por una retroactividad limitada, solo aquellos que
pagaron el impuesto desde octubre de 2014 --en torno a 1,5 millones de
contribuyentes según Gestha-- podrían reclamar su devolución a la
Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
En
este supuesto, al tratarse de un pago indebido y al no haber prescrito,
las comunidades autónomas devolverían automáticamente el importe pagado,
y lo harían sin coste para sus arcas, ya que lo cargarían directamente
a los bancos. En este caso, el coste para los bancos podría ascender a
unos 3.631 millones de euros, a lo que habría que añadir los intereses
de demora, según Gestha.
En tercer lugar, el peor
escenario para la banca sería la ratificación de que los bancos deben
pagar el AJD sin límite de retroactividad. Esto sería un duro golpe para
el sector financiero, ya que permitiría reclamar a Hacienda a aquellos
que firmaron en los últimos cuatro años, y daría la opción al resto de
acudir a los tribunales para reclamárselo a los bancos sin plazo,
mediante la acción de nulidad.
En este escenario, al
menos los ocho millones de españoles que tienen una hipoteca activa en
la actualidad podrían reclamar a los bancos estos costes y pleitar por
su devolución en los juzgados especializados. Sin embargo, lo habitual
es que solo reclamen entre "un 10% y un 20% de los afectados", según la
Asociación de Usuarios Financieros, Asufin.
Una
última opción sería que el conflicto se alargue ante la discrepancia de
la Sala Civil y Contenciosa, por lo que el asunto acabaría en la Sala de
Conflictos de Jurisdicción o llegaría incluso al Tribunal de Justicia
europeo.
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