SANTANDER.- El ministro de Fomento y secretario de Organización del PSOE, José
Luis Ábalos, cree que la revisión por parte del Tribunal Supremo (TS) de
la sentencia sobre quién debe pagar el impuesto sobre las hipotecas “da
seguridad jurídica” a los consumidores y a los bancos.
“Lo importante es que se clarifique”, ha dicho Ábalos al ser
preguntado este sábado en Santander por la decisión del Supremo de
convocar el Pleno formado por 31 miembros para confirmar o anular la
jurisdisprudencia recogida en la sentencia hecha pública el jueves en la
que determinaba que son las entidades bancarias las que deben abonar el
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas
de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes.
El Supremo justificó esta medida al considerar que la sentencia del
jueves daba un “giro radical” en la jurisprudencia y habida cuenta de
“su enorme repercusión económica y social”.
De esta forma, la Sala Tercera del Supremo ha decidido someter la
decisión al Pleno del organismo formado por 31 magistrados, en lugar de
los seís que dictaminaron la sentencia del jueves, para confirmar o volver a
la jurisdisprudencia anterior.
Al mismo tiempo, ha dejado sin efecto, por el momento, todos los
señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objetivo
similar.
El alto tribunal, cuyo ponente fue el magistrado Jesús Cudero,
interpretó el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y su
reglamento y concluyó ayer que no es el prestatario el sujeto pasivo de
este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con
garantía hipotecaria (como su jurisprudencia anterior sostenía), sino la
entidad que presta la suma correspondiente.
Esta decisión anulaba un artículo del reglamento del impuesto (que
establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser
contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho
reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.
Al mismo tiempo, implicaba la modificación de su jurisprudencia
anterior y anulaba una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo
año, en la que dictaminó que son los clientes quienes debían pagar el
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos
Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo
acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que dio la
razón a los bancos.
Ábalos ha realizado estas declaraciones antes de participar en el
Global Youth Leadership Forum que se ha celebrado esta semana en
Santander y que el ministro clausurará este sábado, no sin antes
participar en una mesa redonda sobre infraestructuras.
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