MADRID.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) ha sancionado con 1,45 millones de euros a nueve colegios de
abogados territoriales que realizaron una recomendación colectiva sobre
precios de los honorarios para pleitos por la salida a Bolsa de Bankia, según ha informado el organismo.
El expediente sancionador se inició con una denuncia del banco con
motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los
accionistas reclamando la inversión realizada en la salida a Bolsa de la
entidad en 2011.
Durante la investigación se puso de manifiesto que nueve colegios de
abogados habían elaborado, publicado y difundido baremos de honorarios,
cuando estos deben fijarse libremente.
Según recuerda la CNMC,
no existe sistema arancelario en los servicios prestados por abogados,
lo que supone que sus honorarios no se fijan por ley o norma en atención
a distintos conceptos y cuantías.
Además, actualmente los honorarios de abogados tampoco están sometidos al sistema de tarifas mínimas.
De esta manera, el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia
prohíbe "todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica
concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o
pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia
en todo o en parte del mercado nacional y, en particular, los que
consistan en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de
otras condiciones comerciales o de servicio".
Asimismo, la Ley Ómnibus de 2009
prohíbe expresamente a los colegios de abogados establecer
recomendaciones sobre honorarios "ni cualquier otra orientación,
recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales".
Por ello, la CNMC ha sancionado al Ilustre Colegio de Abogados de
Barcelona con 620.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Valencia
con 315.000 euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla con 145.000
euros, al Ilustre Colegio de Abogados de Vizcaya con 125.000 euros, al
Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja con 90.000 euros, al Ilustre
Colegio de Abogados de La Coruña con 65.000 euros, al Ilustre Colegio de
Abogados de Santa Cruz de Tenerife con 65.000 euros, al Ilustre Colegio
de Abogados de Albacete con 20.000 euros y al Ilustre Colegio de
Abogados de Ávila con 10.0000 euros.
La autoridad de competencia ha recordado que contra esta resolución
no cabe recurso alguno en la vía administrativa, aunque sí es posible
interponer un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
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